ACUERDO PARA ARMONIZAR EL PROCESO ELECTORAL DE REPRESENTANTES A LAS JUNTAS DE PERSONAL DE LOS FUNCIONARIOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS DE CENTROS PÚBLICOS DEPENDIENTES DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, QUE SE CELEBRARÁN EN EL AÑO 2014
Boletín Oficial de Aragón número 198, de 08/10/2014
ACUERDO DEPARTAMENTO
EDUCACIÓN y CSI.F, FETE-UGT, FE-CC.OO, STEA-i y CGT
Quinta. Horario de votación
1.Con objeto de facilitar
el acto de votación a todo el personal docente no universitario, se establece
el siguiente horario de votación :
De 11,00 horas a 20,00
horas
La Mesa electoral
correspondiente cuidará de que nadie vote fuera del horario señalado.
Sexta. Tiempo de
disposición para el ejercicio del voto.
1.Centros con jornada
partida. El personal docente en centros con jornada partida podrá disponer de
la jornada de tarde.
2.Centros con jornada
continuada. El personal docente en centros con jornada continuada podrá
disponer de las dos últimas horas del horario del centro.
3.Estudios nocturnos. El
personal docente con horario nocturno podrá disponer de las dos primeras horas del
horario de apertura del centro.
4. En cualquier caso
quedarán garantizados los servicios de transporte
y comedor.”
Régimen Jurídico y Negociación Colectiva
Asunto: Aclaración sobre apertura centros día elecciones
sindicales personal docente no universitario
Ante las controversias planteadas sobre la conciliación del
legítimo derecho al ejercicio del voto con el mantenimiento del horario
habitual del centro, con ocasión de las elecciones sindicales a Juntas de
personal docente no universitario del próximo día 4 de diciembre de 2014, se
aclara lo siguiente:
El legítimo derecho al ejercicio del voto no debe alterar el
normal desarrollo de la jornada escolar debiendo permanecer abiertos los
centros escolares. Por ello, los Equipos Directivos de los centros escolares garantizarán,
en la medida de lo posible, la compatibilidad entre el ejercicio del derecho al
voto del personal docente con el mantenimiento del horario habitual del centro.
Únicamente procederá el cierre de las instalaciones y la
suspensión de horario lectivo previsto para la citada jornada si, a juicio de
la Dirección del Centro, el ejercicio del derecho al voto del personal docente
no universitario resulta totalmente incompatible con lo anterior, lo cual
deberá ser comunicado a la Inspección de Educación, Servicios Provinciales y
padres de alumnos afectados.
Asimismo que esta aclaración ha sido remitida a los
Coordinadores provinciales del proceso electoral
No hay comentarios:
Publicar un comentario