"Anarquista es aquél que no quiere estar oprimido y no quiere ser opresor, aquél que quiere el máximo bienestar para todos los seres humanos" (E.Malatesta)

viernes, 3 de octubre de 2014

EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIVIL

CONVOCATORIA de PLAZAS para PROFESORES ESPECIALISTAS
para ENSEÑANZAS de FORMACIÓN PROFESIONAL - Curso 2014-2015

Plazas : 2
Centro : IES Francés de Aranda
Ciclo Formativo : Emergencias y Protección Civil
Módulo : Vigilancia e intervención operativa en incendios forestales
Horas semanales : 6
Horas totales : 196 (módulo)

La fecha última de presentación de solicitudes será el día 15 de octubre de 2014, inclusive.
Se convocará a los candidatos para la realización de una entrevista el 20 de octubre de 2014












jueves, 2 de octubre de 2014

Ampliación listas ALEMÁN PES


Quienes deseen participar en la presente convocatoria, deberán cumplimentar la solicitud que se obtendrá exclusivamente a partir del anterior enlace web y estará disponible desde las 00:00 horas del martes 30 de septiembre, hasta las 14:00 horas del lunes 6 de octubre. Dicha instancia será impresa y entregada el día de la realización de la prueba práctica en el lugar y hora indicados


Resolución, de 29 de septiembre de 2014, del Director General de Gestión de Personal, por la que se convoca en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, procedimiento de ampliación de listas de espera de la especialidad de ALEMAN del   PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Decreto 51/2014, de 8 de Abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón.
 El artículo 16 del Decreto 51/2014, de 8 de Abril, (BOA de 10 de Abril de 2014) del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, faculta a la Administración para efectuar convocatorias de procedimiento de ampliación de listas de espera para la cobertura de puestos de trabajo, supuesto previsto para aquellas situaciones en que no existiendo candidatos suficientes en las bolsas o por el agotamiento de las mismas, resultara conveniente la ampliación de las existentes mediante la incorporación de nuevos candidatos.
 No existiendo candidatos suficientes en listas de espera de aspirantes al desempeño de puestos en régimen de interinidad de la especialidad ALEMAN del Cuerpo de PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA y con el fin de poder atender las necesidades docentes, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5, 6 y 16 del citado Decreto 51/2014 y en la Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por el que se desarrollan los procedimientos de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento, de las listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad para el personal docente no universitario, a convocar, en virtud de las atribuciones conferidas a esta Dirección General de Gestión de Personal por el artículo 13.1 b) del Decreto 336/2011, de 6 de octubre de 2011, del Gobierno de Aragón modificado por Decreto 17812 de 17 de julio, procedimiento de ampliación de listas de espera en régimen de interinidad para la cobertura de las necesidades docentes existentes y que puedan surgir conforme a las siguientes bases:

Primera .- Objeto.
Se convoca procedimiento de ampliación de listas de espera de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad de la especialidad 0590-012 ALEMAN del Cuerpo de PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA.
Segunda.- Régimen Jurídico.
La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006; en el Decreto 51/2014 de 8 de Abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón; Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se desarrollan los procedimientos de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento, de las listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad para el personal docente no universitario y Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, que establece el baremo de las listas de
espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios, con el fin de determinar la prelación de los integrantes de las listas de espera.
Tercera.- Requisitos exigidos.
1.-Requisitos generales para acceder a la función pública docente en régimen de interinidad:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y  ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
 También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
 Los aspirantes a que se refiere el punto a) de este apartado cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) No ser funcionario de carrera o en prácticas del mismo Cuerpo, ni pertenecer a la misma lista de interinos.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
2.- Requisitos de titulación.
 Además de los requisitos generales, los aspirantes a nombramiento de interinos deberán reunir los requisitos específicos de titulación establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, para ingreso en el Cuerpo de PROFESORES DE
ENSEÑANZA SECUNDARIA .
3.- Requisitos de formación.
 Los aspirantes deberán acreditar una formación complementaria exigida por el artículo 5 del Decreto 96/2011, para lo cual deberán acreditar, adjuntando a la instancia la documentación que justifique el cumplimiento, al menos, de uno de los siguientes requisitos:
 a) Estar en posesión de una titulación de las consideradas habilitantes para el desempeño del puesto en régimen de interinidad y que se relacionan en el Anexo I.
 b) Haber desempeñado de forma efectiva y directa la docencia en la especialidad que se convoca durante dos cursos escolares ininterrumpidos o veinticuatro meses alternos como funcionario interino con  asignación de Número de Registro de Personal, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o en cualquier otra Administración Pública desde el 1 de enero de 1999.
 c) Haber superado la prueba de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia de la especialidad convocada en alguno de los procesos selectivos de acceso a los Cuerpos y Especialidades de la enseñanza pública no universitaria convocados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o por cualquier otra desde el 1 de enero de 1999.
4.- Los requisitos señalados en los párrafos precedentes, deberán cumplirse o estar en condiciones de ser cumplidos en el día de finalización del plazo para la presentación de solicitudes
Cuarta.- Plazo y presentación de solicitudes Quienes deseen participar en la presente convocatoria, deberán cumplimentar la solicitud que se obtendrá, por medios telemáticos, a través de la página web de este Departamento (http://www.educaragon.org) , desde las 00:00 horas del martes 30 de septiembre, hasta las 14:00 horas del lunes 6 de octubre. Dicha instancia será impresa y entregada el día de la realización de la prueba práctica en el lugar y hora indicados en el anexo II.
 Junto a la instancia de participación, los solicitantes deberán entregar a la Comisión calificadora fotocopia del D.N.I., copia del título exigido para el ingreso en el Cuerpo como funcionario de carrera y, en su caso, los documentos que acrediten los requisitos de formación exigidos a los interinos en la base tercera, apartado tercero, de esta convocatoria.
Aquellas personas que actualmente estén trabajando por haber tenido nombramiento singular en este curso en la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, por la especialidad 0590-012 ALEMAN
del Cuerpo de PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, y deseen participar en el procedimiento de ampliación de listas de la especialidad convocada, quedarán exentos de realizar la prueba. Estos candidatos deberán cumplimentar la solicitud de participación a través de la web en el plazo indicado anteriormente. Respecto de la presentación de méritos, deberán cumplimentar el anexo III "Hoja de alegación de méritos" a través de la web, en el plazo que se disponga en la Resolución que ordene la publicación del acta de calificación de la prueba de aptitud.
Quinta.- Provincia de Referencia.
 Conforme dispone el apartado 3 del artículo 16 del Decreto 51/2014, de 8 de Abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, los participantes en la convocatoria deberán indicar
en su solicitud la provincia de referencia. En caso de no indicar provincia será adjudicada de oficio por la Administración.
Sexta.- Composición de la Comisión Calificadora.
 De conformidad con el artículo 16.3 del Decreto 51/2014, la Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes miembros:
 Presidente: Un Inspector del Servicio Provincial del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de la provincia en que se realice la prueba.
 Vocales: El Director y dos funcionarios docentes del departamento de la especialidad correspondiente, del Centro donde se realice la prueba, uno de los cuales actuará de Secretario, asistido por un funcionario de la Secretaría del Centro donde se lleven a término las pruebas.
Los miembros de la Comisión serán nombrados por el Director del Servicio Provincial correspondiente.
Séptima -Prueba.
 Los aspirantes que soliciten participar en la presente convocatoria deberán personarse el día y hora indicados, en el centro relacionado en el anexo II, haciendo entrega de la propia solicitud, así como copia de la titulación académica. La Comisión de Selección admitirá la solicitud y realizará las pruebas.
 Sin embargo, aquellos aspirantes a los que se refiere expresamente el tercer párrafo de la base cuarta, que actualmente estén trabajando por haber obtenido un nombramiento singular en este curso por la correspondiente especialidad, que cumpliendo dichos requisitos, manifiesten su voluntad de concurrir al procedimiento, quedarán exentos de realizar la prueba, sin que tengan que comparecer ante la comisión calificadora, resultando suficiente, la cumplimentación telemática de la solicitud.

El contenido de la prueba versará de acuerdo con lo especificado en el Anexo II de la presente resolución.
La relación de aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud será publicada en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web http://www.educaragon.org.
Octava.- Aportación de méritos.
 Los aspirantes declarados aptos y los aspirantes que cumplan los requisitos de la base cuarta, por haber obtenido nombramiento singular este curso, dispondrán de un plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de los listados de calificación, para cumplimentar a través de la web del Departamento (www.educaragon.org) el anexo III "Hoja de alegación de méritos".
 La experiencia docente en centros públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, deberá alegarse y será valorada de oficio por la Administración, sin necesidad de justificarse.
Se entenderá que no poseen méritos aquellos candidatos que en el plazo indicado no aportaran los documentos justificativos de los mismos.
 Dicho anexo III y los documentos justificativos de los méritos alegados, a efectos de su valoración, deberán presentarse preferentemente en el Registro del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, sito en Avenida Pablo Ruiz Picasso nº 65D, 1ª planta, de Zaragoza; en los registros de entrada de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte o en el de las Oficinas de
Información y Documentación Administrativa y en los registros de las diferentes sedes de la Comunidad Autónoma de Aragón, en las Delegaciones Territoriales de Huesca yTeruel, o en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alzañiz, Calamocha, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Jaca, Tarazona y Fraga o en cualquiera de las Oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optase por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto a los efectos de que la instancia
sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
 Los méritos alegados por los aspirantes participantes en el presente proceso quedarán cerrados a la fecha de esta convocatoria.
 El orden de prelación de los aspirantes que participen en la convocatoria, vendrá determinado por la puntuación total que les corresponda aplicando el Baremo publicado mediante Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte que establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios, con el fin de determinar la prelación de los integrantes de las listas de espera.
Novena.- Resolución del procedimiento.
 Realizada la valoración de los méritos aportados por los participantes, la Dirección General de Gestión de Personal, publicará mediante Resolución las listas provisionales con la puntuación obtenida por cada uno de ellos. Dichas listas se expondrán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web del Departamento http://www.educaragon.org.
 Los aspirantes que no estuvieran conformes con los datos o la puntuación asignada en las mencionadas listas provisionales, podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente a su publicación. En tanto que se trata de un procedimiento urgente, el escrito de alegaciones irá dirigido a la Dirección General de Gestión de Personal y se presentará en cualquiera de los registros indicados en la base octava. Analizadas las alegaciones, por Resolución de la Dirección General de Gestión de Personal, se publicarán las listas definitivas, en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web del Departamento http://www.educaragon.org.
Décima - Procedimiento.
 A este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le será de aplicación la tramitación de urgencia pudiendo reducirse los plazos establecidos en la citada Ley.
Undécima.- Publicidad de las actuaciones.
 Esta convocatoria se expondrá en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web del Departamento http://www.educaragon.org el día 29 de septiembre de 2014.
 Contra la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación o exposición..

DIRECTOR GENERAL DE GESTION DE PERSONAL


TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Especialidad Titulaciones habilitantes para el desempeño de puestos en
régimen de INTERINIDAD
0590 012:
ALEMÁN
Licenciado en:
 - Filología Alemana.
 - Traducción e Interpretación en el idioma correspondiente.
Cualquier titulación superior del área de humanidades y:
- Certificado de Aptitud en el idioma correspondiente de la
Escuela Oficial de Idiomas o las recogidas en la Orden de 22 de  agosto de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad,  Cultura y Deporte, en BOA de 30/09/2014.
Cualquier titulación universitaria superior y haber superado un ciclo de
los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura del idioma
correspondiente junto con alguno de los estudios complementarios
citados en el párrafo anterior. En todo caso, los aspirantes deberán estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica, Máster de Formación del Profesorado o de
formación pedagógica y didáctica equivalente



 DIARIO DE TERUEL 2 OCTUBRE 2014

Más de 2.100 alumnos cursan ciclos formativos este año en la provincia


250 jóvenes turolenses están matriculados en la nueva FP Básica

La matrícula en la oferta de Formación Profesional crece este curso en la provincia de Teruel. Hay 2.104 alumnos en los diferentes ciclos formativos, lo que supone 60 más que el curso anterior. A esta cifra se tiene que sumar los 250 que estudian alguno de los títulos de FP Básica

I. M. T./ Teruel
02/10/2014

La matrícula en la oferta de Formación Profesional crece este curso en la provincia de Teruel. Hay 2.104 alumnos en los diferentes ciclos formativos, lo que supone 60 más que el curso anterior. A esta cifra se tiene que sumar los 250 que estudian alguno de los títulos de FP Básica, la nueva oferta que sustituye a los Programas de Cualificación Profesional Inicia (PCPI) debido a la aplicación de la nueva ley educativa y los ciclos a distancia.
El mayor incremento de alumnado se ha producido en los ciclos de grado medio donde 1.419 jóvenes. En el caso de los ciclos superiores la matrícula es de 685 alumnos.
La oferta de FP en Teruel se ha incrementado con seis nuevos ciclos presenciales y uno a distancia. En concreto, se trata de Emergencias y protección civil (que se implanta por primera vez en Aragón), Integración Social, Producción de Calor, Cocina y Gastronomía, Servicios de Restauración y Enseñanzas deportivas. Además de Emergencias sanitarias a distancia.
También este curso se incorporan proyectos de FP Dual en la provincia, en los institutos de Alcorisa y Utrillas.
En cuanto a la FP Básica, destinada a alumnos de 15 a 17 años con dificultades para lograr el título en ESO, se va a impartir en 13 institutos de Teruel, Alcañiz, Alcorisa, Andorra, Calamocha, Monreal del Campo, Utrillas y Valderrobres.
Se ofertan diez ciclos diferentes. El IES Valle del Jiloca de Calamocha va a ser el primero en Aragón en impartir el ciclo FP Básica de Industrias Alimentarias.
En Aragón, más de 19.350 alumnos van a estudiar este curso FP en alguna de sus modalidades; es decir, cerca de seiscientos más que en 2013-2014: 1.282 alumnos cursarán FP Básica y al menos 18.071 estudiarán un ciclo de FP de grado medio o superior. Se trata no obstante de una cifra provisional ya que hasta ayer estaba abierto el plazo para la asignación de vacantes residuales en FP presencial y se está ultimando también la matrícula de FP a distancia.
El Gobierno de Aragón oferta este curso más 24.600 plazas de Formación Profesional (más de 3.300 en Teruel) y que se han ampliado estas enseñanzas con la implantación de 18 ciclos más: 14 presenciales -de los que seis se pueden cursar por primera vez en Aragón- y cuatro a distancia.
La oferta se completa con 1.861 plazas de Formación Profesional Básica; unas enseñanzas de nueva implantación dirigidas a reducir el abandono temprano de las aulas y facilitar que los alumnos que no quieren seguir estudiando ESO se formen para el empleo. Se imparten en 87 institutos de Aragón con 15 titulaciones diferentes.


La iglesia católica recibirá 159,2 millones del Estado

EL PAÍS

La iglesia católica recibirá 159,2 millones del Estado (los mismos que para la LOMCE en 2015)

Los Presupuestos prevén un pago mensual de 13,2 millones a la iglesia como anticipo del 0,7% del IRPF

La Iglesia Católica recibirá un total de 13.266.216,12 de euros al mes del Estado durante 2015, lo que supone cerca de 159 millones de euros para el próximo año, como anticipo del dinero que previsiblemente le entregarán los contribuyentes que marquen la casilla de la Iglesia del IRPF por la que otorgan el 0,7 por ciento a la institución, según figura en una disposición adicional del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el siguiente ejercicio. De este modo, se incrementa levemente la cuantía recibida por parte del Estado durante 2014, cuando la Iglesia recibió 158,4 millones de euros al año. Además, el proyecto de ley para el próximo año contempla que, antes del 30 de noviembre de 2016, se efectúe una liquidación provisional de la asignación correspondiente a 2125, por lo que se practicará la liquidación definitiva antes del 30 de abril de 2017. En ambas liquidaciones, una vez efectuadas, se procederá por las dos partes a regularizar, en un sentido o en otro, el saldo existente, según recoge el texto.

Inventario de bienes de la iglesia


Por otro lado, el Gobierno ha vuelto a prorrogar en un año el plazo previsto en la Ley de Patrimonio Histórico Español en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, al igual que ya ocurriera en 2014. La disposición transitoria quinta de la Ley del Patrimonio Histórico Español dicta que en los diez años siguientes a la entrada en vigor de la ley, lo dispuesto en el artículo 28.1 de la misma se entenderá referido a los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español en posesión de las instituciones eclesiásticas. Concretamente, este artículo establece que los bienes muebles declarados de interés cultural y los incluidos en el Inventario General que estén en posesión de instituciones eclesiásticas, en cualquiera de sus establecimientos o dependencias, no podrán transmitirse por título oneroso o gratuito ni cederse a particulares ni a entidades mercantiles. Además, precisa que dichos bienes sólo podrán ser enajenados o cedidos al Estado, a entidades de Derecho Público o a otras instituciones eclesiásticas.

¿DEVOLUCIÓN PAGA EXTRA 2012?

Los herederos de funcionarios fallecidos podrán pedir la paga extra suprimida

Los que hayan dejado la Administración también tendrán derecho a recuperar el 24%

La devolución de parte de la paga extra de Navidad de los funcionarios que fue suprimida, o suspendida, en el año 2012 beneficiará a todos los que eran funcionarios entonces, aunque ya hayan dejado la Administración. Incluso los herederos de quienes eran funcionarios en aquel momento podrán solicitar que se les paguen esos 44 días, el 24,04% de la paga, que el Gobierno ha decidido pagar en 2012.
"Al personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada en la fecha de entrada en vigor de esta Ley o que hubiera perdido la condición de empleado público, las cantidades a que se refiere la presente disposición le serán abonadas por el ministerio, organismo o entidad al que hubiera correspondido abonar la paga extraordinaria, previa petición dirigida al órgano de gestión de personal, acompañada de certificación de la habilitación de origen de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes correspondientes al mes de diciembre de 2012", señala una disposición adicional a la ley de Presupuestos del Estado para 2015.
En dicha norma se señala también que "en caso de que el personal de que se trate hubiera fallecido a la entrada en vigor de la presente disposición, la petición a que se refiere el párrafo anterior deberá formularse por sus herederos conforme a Derecho civil".
La ley de Presupuestos deja claro que lo que se devuelven son los 44 días que estaban en disputa porque ya habían sido devengados cuando se aprobó el decreto que suprimía la paga extra.Así, no se trata en realidad de la devolución de un 25% de la paga extra, sino de un 24,04%. La devolución afectará también a altos cargos.

Al personal que hubiera cambiado de destino, la devolución la abonará el ministerio, organismo o entidad en la que se encuentre prestando servicios en la fecha de entrada en vigor de la ley de Presupuestos. En cambio, al personal que hubiera pasado a prestar servicios en una Administración Pública distinta, las cantidades a que se refiere el presente apartado le serán abonadas por el ministerio, organismo o entidad al que hubiera correspondido abonar la paga extraordinaria, previa petición dirigida al órgano de gestión de personal.

QUINTO AÑO CONGELAD@S

EL PAÍS

Educación congela la partida de becas generales y del programa Erasmus

El presupuesto sube un 4,5% para financiar la implantación de la ‘ley Wert’

El gasto para políticas educativas sube un 4,5%, hasta los 2.273 millones de euros en 2015. El incremento se destinará fundamentalmente a financiar los cambios previstos en los dos primeros cursos de aplicación de la reforma educativa, la conocida como Ley Wert. En el año fijado por el Gobierno como el de la consolidación de recuperación de la crisis, no hay más cambios significativos en una de las partidas sociales clave de las cuentas. Se congela el dinero previsto para becas generales y ayudas Erasmus y se dejan casi intactas, o con menos fondos, las partidas previstas para la formación de profesores, las universidades o la educación en el exterior.
La educación compensatoria, destinada a garantizar la equidad, pierde casi el 90% de sus fondos en un solo año. El recorte supera los 48 millones de euros. Queda en 5,2 millones que se destinan, según explica la propia Memoria de los Presupuestos, a la “compensación de las desigualdades” y a activar acciones que contribuyan a prevenir las derivadas “de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de cualquier otro tipo”. Un portavoz del Ministerio de Educación declinó este martes dar explicaciones sobre los detalles de las cuentas y remitió a la comparecencia prevista el próximo viernes de la secretaria de Estado del ramo, Montserrat Gomendio, en la Comisión de Educación del Congreso de los Diputados.
Implantar totalmente la Ley para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) costará 2.164 millones de euros hasta 2020, según la estimación ofrecida por Educación el pasado junio. Es la séptima ley orgánica española de este ámbito, que casi todos los partidos de la oposición han anunciado que anularán si se produce un vuelco electoral en los próximos comicios generales. La mayoría del dinero para su puesta en marcha e instauración proviene de Fondos Sociales Europeos y de lo que deberán aportar las comunidades autónomas.
Los Presupuestos Generales de 2015 incluyen la primera partida estatal para llevar a las aulas la reforma educativa, 142,6 millones. Se emplearán para financiar la implantación de los nuevos ciclos de Formación Profesional Básica, que han comenzado este curso, y los nuevos itinerarios de Educación Secundaria Obligatoria previstos a partir del curso que viene.
El desembolso para educación compensatoria baja un 90% en un año
La mayoría de las competencias educativas están transferidas a las comunidades autónomas y, con ellas, también las obligaciones de gasto. Así, la partida más cuantiosa del presupuesto de Educación —en la que se van casi dos de cada tres euros previstos (65%)— es la destinada a becas y ayudas. Será de 1.469 millones en 2015, un 0,14% más tras el incremento de 250 millones que se aprobó para el presente ejercicio.
La partida destinada a las becas Erasmus, uno de los programas más exitosos de la Unión Europea para movilidad de universitarios y estudiantes de Formación Profesional de grado superior, asciende a 37 millones. Es el mismo dinero que en 2014 englobado dentro del programa Erasmus+, que incluye programas antiguos como el plan Séneca de intercambio dentro de las universidades españolas.

Bruselas alertó la semana pasada a los Estados miembros de que corría riesgo el programa Erasmus por los recortes en el presupuesto europeo. “En Erasmus+, esperamos una interrupción en el pago de becas a los beneficiarios, principalmente estudiantes”, dijo el comisario de Presupuestos, Jacek Dominik, que pidió 4.700 millones más para las becas y para I+D+i. No cuantificó las cantidades que debía aportar cada país. España, según reflejan las cuentas de 2015, no piensa añadir un euro más.


PRESUPUESTOS ESTADO 2015

ESPECIAL PRESUPUESTOS ESTADO 2015

Expansión

Enlace a libro azul PGE 2015, introducción

http://estaticos.expansion.com/opinion/documentosWeb/2014/09/30/pge2015_libro_azul.pdf

Enlace a libro amarillo de los PGE 2015

http://estaticos.expansion.com/opinion/documentosWeb/2014/09/30/pge2015_libro_amarillo.pdf

Guía rápida de los Presupuestos de Estado de 2015



Además, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, prevé que el gasto en prestaciones por desempleo caiga un 14,9% hasta los 25.300 millones también por el mejor comportamiento del ámbito laboral. Y a estas cifras hay que añadir que el Estado pagará menos intereses por la deuda pública (-3%). En este contexto de recuperación es en el que el Gobierno confía estos Presupuestos que tienen como meta reducir el déficit hasta 4,2% del PIB.2- Montoro prevé un estirón de los ingresos por la reforma fiscal y el empleoEl Ejecutivo es optimista respecto a los ingresos en 2015. No obstante, augura que los ingresos tributarios se incrementen un 3,5%, hasta 186.111 millones, en parte debido a la reforma tributaria. Además, espera un estirón de los ingresos por cotizaciones del 6,8% por la mejora del mercado laboral.