"Anarquista es aquél que no quiere estar oprimido y no quiere ser opresor, aquél que quiere el máximo bienestar para todos los seres humanos" (E.Malatesta)

jueves, 2 de octubre de 2014

Ampliación listas ALEMÁN PES


Quienes deseen participar en la presente convocatoria, deberán cumplimentar la solicitud que se obtendrá exclusivamente a partir del anterior enlace web y estará disponible desde las 00:00 horas del martes 30 de septiembre, hasta las 14:00 horas del lunes 6 de octubre. Dicha instancia será impresa y entregada el día de la realización de la prueba práctica en el lugar y hora indicados


Resolución, de 29 de septiembre de 2014, del Director General de Gestión de Personal, por la que se convoca en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, procedimiento de ampliación de listas de espera de la especialidad de ALEMAN del   PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Decreto 51/2014, de 8 de Abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón.
 El artículo 16 del Decreto 51/2014, de 8 de Abril, (BOA de 10 de Abril de 2014) del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, faculta a la Administración para efectuar convocatorias de procedimiento de ampliación de listas de espera para la cobertura de puestos de trabajo, supuesto previsto para aquellas situaciones en que no existiendo candidatos suficientes en las bolsas o por el agotamiento de las mismas, resultara conveniente la ampliación de las existentes mediante la incorporación de nuevos candidatos.
 No existiendo candidatos suficientes en listas de espera de aspirantes al desempeño de puestos en régimen de interinidad de la especialidad ALEMAN del Cuerpo de PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA y con el fin de poder atender las necesidades docentes, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5, 6 y 16 del citado Decreto 51/2014 y en la Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por el que se desarrollan los procedimientos de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento, de las listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad para el personal docente no universitario, a convocar, en virtud de las atribuciones conferidas a esta Dirección General de Gestión de Personal por el artículo 13.1 b) del Decreto 336/2011, de 6 de octubre de 2011, del Gobierno de Aragón modificado por Decreto 17812 de 17 de julio, procedimiento de ampliación de listas de espera en régimen de interinidad para la cobertura de las necesidades docentes existentes y que puedan surgir conforme a las siguientes bases:

Primera .- Objeto.
Se convoca procedimiento de ampliación de listas de espera de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad de la especialidad 0590-012 ALEMAN del Cuerpo de PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA.
Segunda.- Régimen Jurídico.
La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006; en el Decreto 51/2014 de 8 de Abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón; Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se desarrollan los procedimientos de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento, de las listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad para el personal docente no universitario y Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, que establece el baremo de las listas de
espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios, con el fin de determinar la prelación de los integrantes de las listas de espera.
Tercera.- Requisitos exigidos.
1.-Requisitos generales para acceder a la función pública docente en régimen de interinidad:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y  ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
 También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
 Los aspirantes a que se refiere el punto a) de este apartado cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) No ser funcionario de carrera o en prácticas del mismo Cuerpo, ni pertenecer a la misma lista de interinos.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
2.- Requisitos de titulación.
 Además de los requisitos generales, los aspirantes a nombramiento de interinos deberán reunir los requisitos específicos de titulación establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, para ingreso en el Cuerpo de PROFESORES DE
ENSEÑANZA SECUNDARIA .
3.- Requisitos de formación.
 Los aspirantes deberán acreditar una formación complementaria exigida por el artículo 5 del Decreto 96/2011, para lo cual deberán acreditar, adjuntando a la instancia la documentación que justifique el cumplimiento, al menos, de uno de los siguientes requisitos:
 a) Estar en posesión de una titulación de las consideradas habilitantes para el desempeño del puesto en régimen de interinidad y que se relacionan en el Anexo I.
 b) Haber desempeñado de forma efectiva y directa la docencia en la especialidad que se convoca durante dos cursos escolares ininterrumpidos o veinticuatro meses alternos como funcionario interino con  asignación de Número de Registro de Personal, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o en cualquier otra Administración Pública desde el 1 de enero de 1999.
 c) Haber superado la prueba de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia de la especialidad convocada en alguno de los procesos selectivos de acceso a los Cuerpos y Especialidades de la enseñanza pública no universitaria convocados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o por cualquier otra desde el 1 de enero de 1999.
4.- Los requisitos señalados en los párrafos precedentes, deberán cumplirse o estar en condiciones de ser cumplidos en el día de finalización del plazo para la presentación de solicitudes
Cuarta.- Plazo y presentación de solicitudes Quienes deseen participar en la presente convocatoria, deberán cumplimentar la solicitud que se obtendrá, por medios telemáticos, a través de la página web de este Departamento (http://www.educaragon.org) , desde las 00:00 horas del martes 30 de septiembre, hasta las 14:00 horas del lunes 6 de octubre. Dicha instancia será impresa y entregada el día de la realización de la prueba práctica en el lugar y hora indicados en el anexo II.
 Junto a la instancia de participación, los solicitantes deberán entregar a la Comisión calificadora fotocopia del D.N.I., copia del título exigido para el ingreso en el Cuerpo como funcionario de carrera y, en su caso, los documentos que acrediten los requisitos de formación exigidos a los interinos en la base tercera, apartado tercero, de esta convocatoria.
Aquellas personas que actualmente estén trabajando por haber tenido nombramiento singular en este curso en la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, por la especialidad 0590-012 ALEMAN
del Cuerpo de PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, y deseen participar en el procedimiento de ampliación de listas de la especialidad convocada, quedarán exentos de realizar la prueba. Estos candidatos deberán cumplimentar la solicitud de participación a través de la web en el plazo indicado anteriormente. Respecto de la presentación de méritos, deberán cumplimentar el anexo III "Hoja de alegación de méritos" a través de la web, en el plazo que se disponga en la Resolución que ordene la publicación del acta de calificación de la prueba de aptitud.
Quinta.- Provincia de Referencia.
 Conforme dispone el apartado 3 del artículo 16 del Decreto 51/2014, de 8 de Abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, los participantes en la convocatoria deberán indicar
en su solicitud la provincia de referencia. En caso de no indicar provincia será adjudicada de oficio por la Administración.
Sexta.- Composición de la Comisión Calificadora.
 De conformidad con el artículo 16.3 del Decreto 51/2014, la Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes miembros:
 Presidente: Un Inspector del Servicio Provincial del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de la provincia en que se realice la prueba.
 Vocales: El Director y dos funcionarios docentes del departamento de la especialidad correspondiente, del Centro donde se realice la prueba, uno de los cuales actuará de Secretario, asistido por un funcionario de la Secretaría del Centro donde se lleven a término las pruebas.
Los miembros de la Comisión serán nombrados por el Director del Servicio Provincial correspondiente.
Séptima -Prueba.
 Los aspirantes que soliciten participar en la presente convocatoria deberán personarse el día y hora indicados, en el centro relacionado en el anexo II, haciendo entrega de la propia solicitud, así como copia de la titulación académica. La Comisión de Selección admitirá la solicitud y realizará las pruebas.
 Sin embargo, aquellos aspirantes a los que se refiere expresamente el tercer párrafo de la base cuarta, que actualmente estén trabajando por haber obtenido un nombramiento singular en este curso por la correspondiente especialidad, que cumpliendo dichos requisitos, manifiesten su voluntad de concurrir al procedimiento, quedarán exentos de realizar la prueba, sin que tengan que comparecer ante la comisión calificadora, resultando suficiente, la cumplimentación telemática de la solicitud.

El contenido de la prueba versará de acuerdo con lo especificado en el Anexo II de la presente resolución.
La relación de aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud será publicada en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web http://www.educaragon.org.
Octava.- Aportación de méritos.
 Los aspirantes declarados aptos y los aspirantes que cumplan los requisitos de la base cuarta, por haber obtenido nombramiento singular este curso, dispondrán de un plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de los listados de calificación, para cumplimentar a través de la web del Departamento (www.educaragon.org) el anexo III "Hoja de alegación de méritos".
 La experiencia docente en centros públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, deberá alegarse y será valorada de oficio por la Administración, sin necesidad de justificarse.
Se entenderá que no poseen méritos aquellos candidatos que en el plazo indicado no aportaran los documentos justificativos de los mismos.
 Dicho anexo III y los documentos justificativos de los méritos alegados, a efectos de su valoración, deberán presentarse preferentemente en el Registro del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, sito en Avenida Pablo Ruiz Picasso nº 65D, 1ª planta, de Zaragoza; en los registros de entrada de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte o en el de las Oficinas de
Información y Documentación Administrativa y en los registros de las diferentes sedes de la Comunidad Autónoma de Aragón, en las Delegaciones Territoriales de Huesca yTeruel, o en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alzañiz, Calamocha, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Jaca, Tarazona y Fraga o en cualquiera de las Oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optase por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto a los efectos de que la instancia
sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
 Los méritos alegados por los aspirantes participantes en el presente proceso quedarán cerrados a la fecha de esta convocatoria.
 El orden de prelación de los aspirantes que participen en la convocatoria, vendrá determinado por la puntuación total que les corresponda aplicando el Baremo publicado mediante Orden de 9 de Abril de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte que establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios, con el fin de determinar la prelación de los integrantes de las listas de espera.
Novena.- Resolución del procedimiento.
 Realizada la valoración de los méritos aportados por los participantes, la Dirección General de Gestión de Personal, publicará mediante Resolución las listas provisionales con la puntuación obtenida por cada uno de ellos. Dichas listas se expondrán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web del Departamento http://www.educaragon.org.
 Los aspirantes que no estuvieran conformes con los datos o la puntuación asignada en las mencionadas listas provisionales, podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente a su publicación. En tanto que se trata de un procedimiento urgente, el escrito de alegaciones irá dirigido a la Dirección General de Gestión de Personal y se presentará en cualquiera de los registros indicados en la base octava. Analizadas las alegaciones, por Resolución de la Dirección General de Gestión de Personal, se publicarán las listas definitivas, en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web del Departamento http://www.educaragon.org.
Décima - Procedimiento.
 A este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le será de aplicación la tramitación de urgencia pudiendo reducirse los plazos establecidos en la citada Ley.
Undécima.- Publicidad de las actuaciones.
 Esta convocatoria se expondrá en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web del Departamento http://www.educaragon.org el día 29 de septiembre de 2014.
 Contra la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación o exposición..

DIRECTOR GENERAL DE GESTION DE PERSONAL


TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Especialidad Titulaciones habilitantes para el desempeño de puestos en
régimen de INTERINIDAD
0590 012:
ALEMÁN
Licenciado en:
 - Filología Alemana.
 - Traducción e Interpretación en el idioma correspondiente.
Cualquier titulación superior del área de humanidades y:
- Certificado de Aptitud en el idioma correspondiente de la
Escuela Oficial de Idiomas o las recogidas en la Orden de 22 de  agosto de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad,  Cultura y Deporte, en BOA de 30/09/2014.
Cualquier titulación universitaria superior y haber superado un ciclo de
los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura del idioma
correspondiente junto con alguno de los estudios complementarios
citados en el párrafo anterior. En todo caso, los aspirantes deberán estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica, Máster de Formación del Profesorado o de
formación pedagógica y didáctica equivalente



No hay comentarios:

Publicar un comentario