"Anarquista es aquél que no quiere estar oprimido y no quiere ser opresor, aquél que quiere el máximo bienestar para todos los seres humanos" (E.Malatesta)

sábado, 28 de marzo de 2015

SEXENIOS INTERIN@S

CGT Enseñanza consigue el pago de los sexenios a interinos

Ya es sentencia firme
Viernes 27 de marzo de 2015por José Luis
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El recurso contencioso administrativo promovido por CGT para que se reconocieran el derecho del cobro de sexenios de formación para funcionarios interinos que fue estimado hace unas semanas (http://cgtaragon.org/fedens/cgt-ens...) no ha sido recurrido por la administración, por lo que la sentencia ya es firme.
CGT consigue de esta manera y por vía judicial, el reconocimiento de una de sus reivindicaciones históricas, siempre desoída por la administración en Mesa Sectorial.
Esperamos que esto signifique que la administración va a pagar de oficio los sexenios adeudados, en caso contrario, desde CGT Enseñanza y con nuestros servicios jurídicos, vamos a promover la presentación masiva de recursos, para que los funcionarios interinos puedan recuperar lo que les deben en concepto de atrasos.
Repetimos, la sentencia no obliga a pagar los sexenios a todos los internios, sino solo a la persona que puso la demanda (promovida por CGT). Desconocemos aún si la administración empezará a pagar los sexenios a raiz de la sentencia u "obligará" a quien quiera cobrarlos a ir al juzgado (algo absurdo con una sentencia en firme como precedente, pero con esta administración todo es posible).
¿Quien puede reclamarlos? Todos y todas que hayan dejado de cobrar sexenios en los últimos 4 años por ser funcionario interino, y haya cumplido con las horas de formación necesarias. Solo se pueden reclamar los no percibidos en los últimos 4 años, los no cobrados anteriormente prescriben.
Da igual que ahora ya no seais interin@s o que ni siquiera estéis trabajando.
¿Qué se puede reclamar? El importe de lo que deberías haber cobrado por sexenios durante los últimos 4 años, más evidentemente el empezar a cobrarlos cada mes ahora. Por ejemplo una persona funcionaria interina que pone la demanda en abril de 2015, con 12 años trabajados en enero de 2010, puede reclamar los dos sexenios que ha generado pero solo los que dejo de percibir mensualmente desde abril de 2011 (4 años antes de poner la demanda), los anteriores han prescrito.
Próximamente os anunciaremos los pasos a seguir para aquell@s que estéis interesad@s. 

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