"Anarquista es aquél que no quiere estar oprimido y no quiere ser opresor, aquél que quiere el máximo bienestar para todos los seres humanos" (E.Malatesta)

sábado, 29 de noviembre de 2014

HORARIO DE VOTACIÓN


ACUERDO PARA ARMONIZAR EL PROCESO ELECTORAL DE REPRESENTANTES A LAS JUNTAS DE PERSONAL DE LOS FUNCIONARIOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS DE CENTROS PÚBLICOS DEPENDIENTES DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, QUE SE CELEBRARÁN EN EL AÑO 2014

Boletín Oficial de Aragón número 198,  de 08/10/2014
ACUERDO DEPARTAMENTO EDUCACIÓN y CSI.F, FETE-UGT, FE-CC.OO, STEA-i y CGT 
Quinta. Horario de votación
1.Con objeto de facilitar el acto de votación a todo el personal docente no universitario, se establece el siguiente horario de votación :
De 11,00 horas a 20,00 horas
La Mesa electoral correspondiente cuidará de que nadie vote fuera del horario señalado.
Sexta. Tiempo de disposición para el ejercicio del voto.
1.Centros con jornada partida. El personal docente en centros con jornada partida podrá disponer de la jornada de tarde.
2.Centros con jornada continuada. El personal docente en centros con jornada continuada podrá disponer de las dos últimas horas del horario del  centro.
3.Estudios nocturnos. El personal docente con horario nocturno podrá disponer de las dos primeras horas del horario de apertura del centro.
4. En cualquier caso quedarán garantizados los servicios  de transporte y comedor.”


Aclaración posterior
Régimen Jurídico y Negociación Colectiva
Asunto: Aclaración sobre apertura centros día elecciones sindicales personal docente no universitario
Ante las controversias planteadas sobre la conciliación del legítimo derecho al ejercicio del voto con el mantenimiento del horario habitual del centro, con ocasión de las elecciones sindicales a Juntas de personal docente no universitario del próximo día 4 de diciembre de 2014, se aclara lo siguiente:
El legítimo derecho al ejercicio del voto no debe alterar el normal desarrollo de la jornada escolar debiendo permanecer abiertos los centros escolares. Por ello, los Equipos Directivos de los centros escolares garantizarán, en la medida de lo posible, la compatibilidad entre el ejercicio del derecho al voto del personal docente con el mantenimiento del horario habitual del centro.
Únicamente procederá el cierre de las instalaciones y la suspensión de horario lectivo previsto para la citada jornada si, a juicio de la Dirección del Centro, el ejercicio del derecho al voto del personal docente no universitario resulta totalmente incompatible con lo anterior, lo cual deberá ser comunicado a la Inspección de Educación, Servicios Provinciales y padres de alumnos afectados.
Asimismo que esta aclaración ha sido remitida a los Coordinadores provinciales del proceso electoral




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