FECHAS DE CESE PARA LOS INTERINOS QUE HAN TRABAJADO EL CURSO COMPLETO:
Para aquéllos que fueron nombrados el 9, 12 y 17 de septiembre, el cese será con fecha 24 de julio.
(En este caso ya se puede solicitar el paro el 25 de julio)
(En este caso ya se puede solicitar el paro el 25 de julio)
Para aquéllos que fueron nombrados el 19 de septiembre, el cese será con fecha 23 de julio.
(En este caso ya se puede solicitar el paro el 24 de julio)Son 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.
El INAEM tramitará directamente los correspondientes certificados.
Para aquéllos que fueron nombrados el 9, 12 y 17 de septiembre, el cese será con fecha 24 de julio. (En este caso al 25 de julio ya se puede solicitar el paro)
Para aquéllos que fueron nombrados el 19 de septiembre, el cese será con fecha 23 de julio. (En este caso el 24 de julio ya se puede solicitar el paro)
Para los cálculos son: 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.
El certificado de empresa se tramitará directamente al INAEM.
Para aquéllos que fueron nombrados el 19 de septiembre, el cese será con fecha 23 de julio. (En este caso el 24 de julio ya se puede solicitar el paro)
Para los cálculos son: 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.
El certificado de empresa se tramitará directamente al INAEM.
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