CGT GANA EL DERECHO DE LOS FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS A PERCIBIR
SEXENIOS
El pasado jueves 19 de noviembre
conocimos sentencia dictada en el juicio contra el Departamento de Educación,
por la cual se ha reconocido el derecho de las personas funcionarias en
prácticas a la percepción de “sexenios”.
El funcionariado en prácticas es
aquel que está en el año siguiente a su ingreso en la función pública y que
todavía no ha sido nombrado como funcionariado de carrera. A pesar de lo que
mantenía la administración respecto a este colectivo, el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, sin posibilidad de recurso, no ve ningún motivo
para que una persona funcionaria en prácticas no pueda cobrar los sexenios generados
a los que tiene derecho. Según la jurisprudencia, la desigualdad de trato no se
puede mantener por ningún motivo objetivo, ya que la formación y funciones del
funcionariado en prácticas son las mismas que del resto de funcionarios. La
propia legislación autonómica ahonda en este sentido: “Los funcionarios en
prácticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón percibirán,
desde su incorporación como tales hasta su nombramiento como funcionarios de
carrera, unas retribuciones equivalentes al sueldo y pagas extraordinarias que
correspondan al grupo en que esté clasificado el cuerpo en el que aspiren a
ingresar”.
Para ello, el Juez recuerda la
Directiva Europea 1999/70/CE, el Acuerdo Marco que en ella se incluye y la
Sentencia del tribunal de Justicia Europeo de 22 de diciembre de 2010, donde se
explica que la asociación de las percepciones se vincula a la plaza y no al tipo
de funcionariado. En este sentido CGT ARAGÓN- LA RIOJA está litigando en los
tribunales, también, por los derechos del profesorado interino, que a pesar de
esta directiva europea y de las numerosas sentencias y jurisprudencia en todo
el estado español, no se les está reconociendo el derecho a percibir “el
complemento de formación permanente” más conocido como “sexenios”. No debemos
olvidar que el estatuto de la función pública reconoce que los interinos son
funcionariado, con los mismos derechos obligaciones que el resto de las personas
que prestan servicio en la administración pública como funcionarios de
carrera.
En este sentido CGT ARAGÓN- LA
RIOJA, desde su Sindicato de Enseñanza, está reivindicando el resto de derechos
que han sido arrebatados al funcionariado interino, muy especialmente estamos
sensibilizados con el impago del verano por parte de la administración
autonómica. Lo que no sucede en otras comunidades , y que nos da una idea de que
en Aragón hemos contado con unos responsables autonómicos que han sido, no sólo
comulgantes, sino impulsores de las peores medidas contra la Educación Pública
dictadas por el gobierno de la nación (unas medidas de recorte paralelas al aumento muy
substancial de las partidas económicas a los Centros Privados-Concertados,
donde en plena crisis se comenzó a concertar el Bachillerato). Asimismo CGT, pretende la dignificación del funcionariado
interino, su desvinculación del proceso de la oposición y la equiparación de
todos sus derechos con el funcionariado de carrera.
Volviendo a la sentencia y al
derecho recientemente ganado por nuestro sindicato para todo el funcionariado
de Aragón, ésta llama la atención sobre ese limbo extraño que pretende la
administración que sea el “periodo de prácticas”. La opinión de nuestro sindicato es que durante
el periodo de prácticas el funcionario lo es de pleno derecho, y debe tener las
mismas retribuciones con los mismos efectos administrativos que cualquier otro
tipo de funcionario. En este sentido, la sentencia dictada por el tribunal
contencioso administrativo de Zaragoza da la razón a nuestro colectivo, al
menos en la cuestión de los sexenios. Esta sentencia no sólo abre el camino
para disfrutar del mencionado derecho a todo el funcionariado en prácticas de
Aragón, sino que permitirá poder ir ganando nuevos derechos para este colectivo;
tales como el reconocimiento de méritos -que en este momento se les está
negando-.
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