DOCUMENTO DE
TRABAJO PARA LA
MODIFICACIÓN
DEL DECRETO DE INTERINOS
Departamento
de Educación – D.G.A.
1.LISTAS DE TRABAJO
En
un primer momento y como partida, se confeccionan 3 listas a partir de las 2
listas que hay actualmente (con todos los aspirantes que a 30 de junio del
curso correspondiente no hayan decaído).
CONFORMACIÓN DE LISTAS EL
1-SEPT-2014 DE LA SIGUIENTE FORMA :
.
Se constituyen 3 listas para el 1 de septiembre de 2014 por cada especialidad
(siempre que se haya convocado procedimiento selectivo anterior). Respecto a
las especialidades que no se ha convocado procedimiento en Aragón desde 1999, sólo
estarán constituidas las listas 2 y 3 hasta que se convoque la especialidad
correspondiente a oposición.
.
1ª LISTA : Con aquellos aspirantes integrantes de las actuales listas 1 y 2,
por este orden, que hayan sido calificados en la fase de oposición con una
nota = Ó > 5, en alguno de los
procedimientos selectivos convocados por esta Comunidad Autónoma (en alguno o
en 2 ó 3 procedimientos, lo que decidamos).
Integrantes de las listas 1 y 2 originales que hayan obtenido
calificación de 5 en la prueba de conocimientos de alguna oposición anterior.
(Se mantienen si obtienen un 5 o si no se convoca su especialidad a
oposición).
Se
incorporan los nuevos opositores que obtengan 5 puntos como mínimo en la 1ª
prueba.
.
2ª LISTA : Con aquellos aspirantes de la actual lista 1 que no cumplan el
requisito anterior (están en dicha lista bien por haber obtenido = Ó > 4 en la prueba de conocimientos
específicos de oposición -1º prueba- o
que hubieran trabajado 1 día en Aragón. De esta forma se respeta lo que hay en
este momento.
Integrantes de las lisas 1 que descienden por
no obtener calificación de 5 en la oposición.
Integrantes de la lista 1 original (Se mantienen si no obtienen un
5 o si no se convoca su especialidad a
oposición).
Integrantes de la
lista 3 que tengan un día trabajado en la C.A.
Integrantes de la lista 3 que obtengan un 4 en la
primera prueba.
Nuevos opositores que obtengan un 4 en la primera
prueba.
3ª LISTA : El resto de
aspirantes que no cumplen el requisito de estar en la lista 1
(= Ó > 5) , que
actualmente están en la lista 2.
Integrantes de la lista 2 original.
Procedentes
de convocatorias de ampliación de listas.
Nuevos
opositores que no obtengan 4 en la primera prueba.
Nuevos
opositores que no obtengan 4 en la primera prueba.
Nuevos opositores que sólo presenten solicitud de
participación.
BAREMO
.
Con independencia de lo indicado, y partiendo de esta conformación de listas,
en aquellas especialidades objeto de nueva baremación, los aspirantes se
ordenarán, en su respectiva lista, por la puntuación que les corresponda por
aplicación del nuevo baremo aprobado por Decreto.
.
Modificación propuesta del baremo.
Apartado
|
% Actual
|
% Propuesta
|
Experiencia
|
55
|
30
|
Formación académica
|
15
|
25
|
Calificación oposición
|
20
|
40
|
Otros méritos
|
10
|
5
|
100
|
100
|
2.
CAUSAS DE DECAIMIENTO
Será
motivo de remoción del puesto y decaimiento de las listas de aspirantes,
siempre que no sea motivo de expediente disciplinario, el ejercicio de las
funciones docentes de manera manifiestamente incompetente, con evidente
ausencia de capacidad profesional o insuficiente rendimiento que determinen la
falta de idoneidad para el desempeño de las tareas correspondientes al cuerpo o
especialidad del puesto para el que se hizo el nombramiento.
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